Micelio
Auto20 de mayo de 2026

A-680 de 2026

Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Sin información

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. RECHAZAR por improcedente la solicitud de aclaraci�n de fecha 4 de febrero de 2026 presentada por el ciudadano Andr�s Felipe Falla Montealegre respecto del Auto 1135 de 2025, al no cumplir el requisito de carga argumentativa.
  2. SEGUNDO. RECHAZAR la solicitud de nulidad presentada por el accionante contra el Auto 1135 de 2025, por incumplir el requisito de carga argumentativa.
  3. TERCERO. RECHAZAR por improcedente la solicitud de control de legalidad interpuesta por el demandante.
  4. CUARTO. RECHAZAR por improcedente las solicitudes presentadas por el se�or Andr�s Felipe Falla Montealegre, referidas a: (i) efectuar un control de unificaci�n y de constitucionalidad; (ii) enunciar los principios que integran el debido proceso legislativo; (iii) efectuar una unificaci�n de la solicitud de aclaraci�n; (iv) realizar un control de convencionalidad; (v) ejecutar el control de legalidad realizado por la ciudadan�a; (vi) suspender de manera provisional el Auto 1135 de 2025; (vii) aclarar aspectos relacionados con los vicios de procedimiento y los vicios de forma y otros asuntos del juicio de inconstitucionalidad; (viii) oficiar a la Relator�a de esta Corte; (ix) revocar las actuaciones se�aladas por el actor de fecha 17 y 20 de febrero de 2026; (x) oficiar al Procurador General de la Naci�n para que designe un funcionario que rinda concepto ; y (xi) conceder una reuni�n con el fin de brindarle orientaci�n . Todo ello, conforme a lo se�alado en esta providencia.
  5. QUINTO. COMUNICAR el contenido de esta decisi�n al solicitante por intermedio de la Secretar�a General y ADVERTIRLE que contra ella no procede recurso alguno. Notif�quese, comun�quese y c�mplase. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Cfr., art�culos 49 del Decreto 2067 de 1991 y 103 del Acuerdo 01 de 2025. [2] Expediente D-16540. Disponible en: https://www.corteconstitucional.gov.co/secretaria/expediente?proceso=1&expediente=D0016540&lista=datosExpedientes_1775751750032 [3] Expediente digital. Auto de rechazo. [4] Corte Constitucional, Auto 1135 de 2025. [5] Expediente digital, archivo � 474 E D-16540 Solicitud frente al Auto A-1135-25, remite Andr�s Felipe Falla Montealegre�. Disponible en: https://www.corteconstitucional.gov.co/secretaria/archivo.php?id=137759 [6] �Por la cual se dictan disposiciones relacionadas con el ejercicio de la profesi�n de abogado�. [7] Expediente digital, archivo �719 E D-16540 Escrito ciudadano, suscribe Andr�s Felipe Falla Montealegre�. Disponible en: https://www.corteconstitucional.gov.co/secretaria/archivo.php?id=140283 [8] Ibidem, p. 2. [9] Expediente digital, archivo �719 E D-16540 Escrito ciudadano, suscribe Andr�s Felipe Falla Montealegre�, p.7. [10] Expediente digital, archivo �827 E D-16540 Escrito ciudadano, suscribe Andr�s Felipe Falla Montealegre�. [11] Ibidem, p. 8.� [12] Ibidem, p. 8. [13] Expediente digital, archivo �827 E D-16540 Escrito ciudadano, suscribe Andr�s Felipe Falla Montealegre�, p. 52. [14] Ibidem. [15] �Por medio del cual se unifica y actualiza el Reglamento de la Corte Constitucional�. [16] La base argumentativa de este ac�pite se retoma de los autos 585 de 2021, 586 de 2021, 1415 de 2025 y 1924 de 2025. [17] Corte Constitucional, Auto 1415 de 2025. [18] Corte Constitucional, Auto 585 de 2021. [19] Corte Constitucional, autos 1924 de 2025 y 096 de 2026. [20] Corte Constitucional, autos 272 y 001 de 2022, 441 y 415 de 2021, 474 y 354 de 2020, 653 y 359 de 2019, y 778 y 710 de 2018, entre muchos otros. [21] Corte Constitucional, Auto 1514 de 2025. Ver entre otros autos 962 de 2022 y 384 de 2024. [22] Tal como lo prev� el art�culo 285 C�digo General del Proceso. [23] Corte Constitucional, Auto 026 de 2003. [24] Corte Constitucional, Auto 193 de 2018. [25] Corte Constitucional, autos 1514 de 2025 y 369 de 2020. [26] Corte Constitucional, autos 096 de 2026, 1924 de 2025 y 710 de 2018. [27] Corte Constitucional, Auto 966 de 2021. [28] Ibidem. [29] Ibidem. [30] Ibidem [31] La base argumentativa de este ac�pite se retoma de los autos 082 de 2026 y 838 de 2025. [32] Con base en lo dispuesto en los Autos 837 y 600 de 2025. [33] Cuando la presunta nulidad est� origina en la sentencia, los presupuestos y requisitos pueden adoptar distintos matices. Por ejemplo, en ese supuesto, el requisito de oportunidad se satisface cuando la solicitud de nulidad es presentada dentro del t�rmino de ejecutoria de la sentencia (ver, por ejemplo, los Autos 441, 700 y 1068 de 2021y A-547 de 2024). [34] Corte Constitucional, Auto 192 de 2024. [35] Corte Constitucional, Auto 283 de 2010. [36] Corte Constitucional, Auto 313A de 2016. [37] Corte Constitucional, autos 280 de 2010, 281 de 2010 y 666 de 2017. [38] Corte Constitucional, Auto 192 de 2024. [39] Corte Constitucional, Auto 197 de 2021. Si bien, ha habido providencias en las que se ha seguido el criterio seg�n el cual las nulidades originadas en un auto pueden ser alegadas en cualquier momento antes de la sentencia, como el Auto 313A de 2016, se acoger� la posici�n jurisprudencial m�s reciente, representada en el Auto 197 de 2021. [40] Corte Constitucional, Auto 197 de 2021. [41] Corte Constitucional, Auto 177 de 2021. [42] Corte Constitucional, Auto 732 de 2021. Ver tambi�n el Auto 192 de 2024. [43] Corte Constitucional, Auto 177 de 2021. [44] Corte Constitucional, Auto 177 de 2021. [45] El peticionario solicit� aclarar que: (i) cualquier ciudadano independiente de su calidad, posici�n o condici�n, puede presentar demandas de inconstitucionalidad e intervenir en las etapas oportunas del proceso constitucional; (ii) la interposici�n de acciones p�blic
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.